• Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: RAUL URIA FERNANDEZ
  • Nº Recurso: 3435/2023
  • Fecha: 12/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Beneficiario de prestación de desempleo en pago único para instalación de centro de coach para aficionados al tenis y directivos en un edificio de su propiedad, impugna la resolución administrativa que decreta su extinción por sanción, por la comisión de una infracción muy grave, al no haber destinado el desempleo capitalizado al inicio de la actividad para cuyo emprendimiento se concedió. La instancia desestima la demanda. La Sala de lo Social, desestima una revisión fáctica, y confirma la decisión del Juzgado, con los siguientes argumentos: El procedimiento a seguir para la imposición de sanciones administrativas por infracciones laborales y de seguridad social es el regulado en el RD 928/98, en el que la falta de resolución expresa de la reclamación previa no tiene otra consecuencia que la de tenerla denegada por silencio administrativo. Concurren los elementos del tipo infractor del Art. 26.4 LISOS, pues el demandante destinó el desempleo capitalizado a obras que mejoraban la habitabilidad de su local, en el que en ningún momento ejerció la actividad económica.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: JAUME GONZALEZ CALVET
  • Nº Recurso: 1885/2023
  • Fecha: 12/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Trabajadora que estando en situación de incapacidad temporal derivada de accidente de trabajo ve extinguida la relación laboral y tras el alta médica tiene una recaída, impugna la resolución administrativa que reconoce la prestación de desempleo desde el alta del primer proceso de baja y 420 días de derecho, interesando que judicialmente se declare su derecho al percibo de la prestación de desempleo con la duración fijada en vía administrativa desde la fecha del alta del segundo proceso de incapacidad temporal. La instancia estima la demanda. La Sala de lo Social revoca la decisión del Juzgado, basándose en que, constituyendo el segundo proceso de incapacidad temporal una recaída del precedente cuando la beneficiaria estaba percibiendo la prestación de desempleo, conforme al Art. 283.2 LGSS, el periodo de percepción de la prestación de desempleo no se amplía por pasar a situación de incapacidad temporal.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: SEBASTIAN MORALO GALLEGO
  • Nº Recurso: 128/2021
  • Fecha: 11/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El actor reclama su derecho a percibir la prestación por jubilación anticipada voluntaria. Pero consta que la esposa del demandante percibe prestaciones por subsidio de desempleo para mayores de 52/55 años, por lo que no se encuentra en el caso de disponer de independencia económica conforme al art. 43.a Tres Ley 6/2018 (PGE/2018).El importe de dicho subsidio es de 5.234 € anuales, sin que conste que perciba otros rendimientos de cualquier otra naturaleza de trabajo, capital o actividades económicas y ganancias patrimoniales de los referidos en el art. 59 LGSS. No consta tampoco que el demandante perciba esa clase de rendimientos, por lo que esa cifra es la única cantidad computable como rendimientos conjuntos que debe tenerse en cuenta a los efectos de la letra b) del antedicho precepto. De lo que resulta una suma total de rendimientos de ambos cónyuges inferior a 8.342,64 €, lo que determina la existencia de una situación de dependencia económica del cónyuge. En consecuencia, la pensión mínima de jubilación a percibir por el demandante por sus circunstancias familiares sería la de 835,80 euros prevista para el supuesto de cónyuge a cargo, que es superior a a la pensión de jubilación anticipada resultante de 689.32 € causada por el demandante, lo que impide el acceso a la prestación de jubilación anticipada voluntaria por no concurrir el requisito que exige el art. 208. 1 letra c) LGSS.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL ANTONIO LOPEZ PARADA
  • Nº Recurso: 840/2023
  • Fecha: 10/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El inicio de la inscripción como demandante de empleo excedió de los noventa días se debe comprobar si hay alguna causa que justifique suficientemente dicho retraso conforme a dicha doctrina humanizadora, de manera que se pueda considerar que la actora se encontraba en situación asimilada al alta. Y lo que resulta del expediente administrativo y por tanto como hecho conforme es que después de la extinción del contrato y antes de la inscripción existió una situación médica que justifica la demora en la inscripción, dado que en enero de 2021 inicia clínica con edemas de miembros inferiores y mal estado general, con trastorno de ánimo y depresión , requiriendo ingreso hospitalario durante un viaje, siendo diagnosticada de anemia hemolítica autoinmune, siendo de nuevo ingresada a su regreso y dada de alta el 2 de julio de 2021, tras lo cual se produce la inscripción como demandante de empleo. Por tanto la superación del plazo de noventa días para dicha inscripción aparece justificada y no puede ser interpretada como una voluntad de separación del mercado de trabajo, por lo que la situación de asimilación al alta se mantuvo.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL ANTONIO LOPEZ PARADA
  • Nº Recurso: 853/2023
  • Fecha: 10/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La relación laboral se extinguió mediante carta de despido disciplinario y simultáneamente se suscribió un acuerdo en el que se pone fin a la relación laboral. El actor presentó solicitud de prestación de desempleo en pago único a efectos de iniciar actividad en RETA acompañando la Memoria de Inversiones, siendo desestimada al no haber impugnado la decisión de la empresa sospechando de connivencia entre empresa trabajador. El actor está de alta en RETA desde el 1-8-2022 y tiene personal a su cargo. La sentencia de instancia realiza una valoración conjunta de la concurrencia del despido y del Acuerdo para concluir que la causa real de la extinción ha sido el mutuo disenso de las partes del contrato, causa que no es constitutiva de situación legal de desempleo; y siendo una valoración basada en argumentos que el órgano judicial de única instancia ha razonado y no incurren en irracionalidad o arbitrariedad alguna, no puede ser corregida por la Sala.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: AMPARO ILLAN TEBA
  • Nº Recurso: 2017/2023
  • Fecha: 08/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Trabajador que estando en IT ve extinguida la relación laboral por sentencia dictada el 20/07/21, con baja en seguridad social el siguiente 28 de febrero, impugna la resolución del SPEE que le reconoce la prestación de desempleo con una duración de 720 días, de los que 269 se tienen por consumidos, interesando que solo se tenga por agotado el periodo que media entre el 1/03/21 y el 12/03/21, en que se extinguió la prórroga de la incapacidad temporal. La instancia desestima la demanda. La sentencia comentada, rechaza una revisión fáctica, y confirma la decisión del Juzgado, argumentando que, como desde el 11/07/20 la empresa cursó la baja en seguridad social y el SPEE comenzó a abonar la prestación y efectuar la correspondiente cotización, debe tenerse por consumido todo el periodo en que se superponen la incapacidad temporal y el desempleo hasta la extinción de la IT, sin perjuicio de las regularizaciones que procedan tras la sentencia declarando extinguida la relación laboral.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Santander
  • Ponente: MARIA JESUS FERNANDEZ GARCIA
  • Nº Recurso: 751/2023
  • Fecha: 22/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Trabajadora que ve extinguida la relación laboral tras haber estado concernida por un ERTE COVID fuerza mayor, impugna la resolución administrativa que le reconoce la prestación de desempleo con una duración de 540 días, interesando que los días de derecho se incrementen a 720. La instancia desestima la demanda. La Sala de lo Social rechaza una revisión fáctica y confirma la decisión del Juzgado basándose en que la legislación especial COVID no introdujo ninguna norma especial en cuanto al periodo de ocupación cotizada determinante de la duración de la prestación, por lo que, al efecto, no se computan las cotizaciones del periodo de suspensión contractual por ERTE COVID.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Pamplona/Iruña
  • Ponente: MIGUEL AZAGRA SOLANO
  • Nº Recurso: 339/2023
  • Fecha: 22/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se declara el derecho del demandante a compatibilizar la pensión de incapacidad permanente total que venía percibiendo con la pensión de jubilación parcial. Se transcribe la sentencia del TS de 28/10/2014, rec. 1600/2013, que precisa que existe la compatibilidad de la pensión de IPT con la de jubilación, si esta está causada en virtud de un trabajo distinto al que dio origen a aquélla, y ello en aplicación del artículo 14 del RD 1131/2002.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA VIRGINIA GARCIA ALARCON
  • Nº Recurso: 696/2023
  • Fecha: 21/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El demandante permaneció afectado por un ERTE COVID 92 días en 2020, 359 días en 2021 y 90 días en 2022, habiendo percibido durante este periodo, la prestación extraordinaria por desempleo. El 12/7/2022 se extinguió su relación laboral en virtud de Expediente de Regulación de Empleo seguido por causas económicas, productivas y organizativas y solicitó prestación de desempleo que se reconoció con duración de 540 días al no computar el periodo en el que percibió prestación por ERTE Covid. La Sala considera que no es computable dicho periodo, pero lo considera periodo neutro estableciendo un paréntesis en el periodo de ocupación cotizada de los seis años anteriores que lleva hacia atrás tantos días como los que duró la prestación.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA AURORA DE LA CUEVA ALEU
  • Nº Recurso: 244/2023
  • Fecha: 21/12/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se discute si deben computarse las cotizaciones del periodo de suspensión del contrato por ERTE Covid en el que se ha percibido prestación de desempleo, para el reconocimiento de una posterior prestación de desempleo. La cuestión controvertida fue objeto de revisión por Sala General de este Tribunal que aplicó la teoría del paréntesis excluyendo ese periodo de los seis años para determinar la duración de la prestación, pero tras la sentencia del Tribunal Supremo de 16 de noviembre de 2023, recurso 5326/2022, se excluye para la duración de la prestación nueva ese periodo de cotización durante la suspensión al haberse percibido en él prestación por desempleo.

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